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19.11.2025
modificaciones estatutarias
"Artículo 27.- El cargo de administrador será retribuido. La retribución no tendrá como base una participación en los beneficios y será la cantidad fija que para cada ejercicio acuerde la Junta General." . Ampliación del objeto social. La explotación agrícola y ganadera. - Alquiler de otros bienes muebles en general. 0148.