Registro Mercantil de ALBACETE
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ARTICULO 9..- ADMINISTRACION. La gestión y representación de la Sociedad se encomendará por la Junta General, en virtud de acuerdo adoptado con las mayorías previstas para la modificación ordinaria de los Estatutos. pero sin que suponga alteración de su texto, el cual deberá consignarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil, a: a) UN AD. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administradores mancomunados a Administrador único.
Adm. Mancom.: SANCHEZ A****** J**** M****;SANCHEZ A****** S********.