Sin cargos vigentes registrados todavía para esta empresa.
Actos recientes
22.07.2026
modificaciones estatutarias
ARTICULO 32º.- PRESTACION DE SERVICIOS POR LOS ADMINISTRADORES. 1.- Los administradores serán remunerados. 2.- El establecimiento o la modificación de relaciones de prestación de servicios o arrendamientos de obra, de carácter civil, mercantil o laboral, entre la sociedad y uno o varios de sus administradores, requerirán acuerdo de la Junta General.-.