Artículo de los Estatutos : 6. Capital.- Artículo 6º.- El capital social se fija en la cantidad de 2.946.800,00 ? desembolsado en su totalidad, y dividido en CINCUENTA Y TRES MIL (53.000) participaciones sociales íntegramente suscritas, indivisibles y acumulables, con un valor nominal cada una de ellas de 55,60 ? , numeradas correlativamente del 1 al.