Registro Mercantil de ASTURIAS
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Artículo de los Estatutos : ARTICULO 6.- El capital social se fija en DOSCIENTOS TREINTA MIL EUROS, representado y dividido en DOS MIL TRESCIENTAS (2.300) PARTICIPACIONES SOCIALES, iguales, indivisibles y acumulables, de CIEN EUROS (100,00 euros) de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 2.300, ambos inclusive, íntegramente asumidas y.
Capital: 160.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 230.000,00 Euros.