Registro Mercantil de ILLES BALEARS
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20 bis.- Retribución de los administradores. El cargo de administrador será retribuido. La remuneración de los miembros del Consejo de Administración consistirá en una asignación fija por asistencia a las reuniones del Consejo. El importe de dicha remuneración será determinado por la Junta General para cada ejercicio. La Junta General determinará el importe. Otros conceptos: El Consejo de Administración en sesión de fecha 29 de mayo de 2026, ratifica los acuerdos adoptados en la misma fecha por la Junta General Extraordinaria de Accionistas y faculta al Presidente del Consejo de Administración Don Juan Marcos Massanet Payeras para elevar a público dichos acuerdos.