Artículo de los Estatutos : 5º.- CAPITAL SOCIAL. El capital social se fija en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL EUROS (? 253.000) totalmente suscrito y desembolsado. Estará dividido y representado por doscientas cincuenta y tres mil participaciones sociales, acumulables e indivisibles, de UN EURO (? 1) de valor nominal cada una de ellas,.