Artículo de los Estatutos : ARTICULO 5º.- CAPITAL SOCIAL.- El capital social es de 37.000,00 ? representado y dividido en 3.700 participaciones sociales de 10,00 ? de valor nominal cada una de ellas, indivisibles y acumulables numeradas correlativamente del 1 al 3.700, ambas inclusive. Las participaciones representativas del capital social no podrán.