Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 SECCION DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID. PLAZA Nº 1. 4. Juez: OSCAR AGUILERA RIVERA. Resoluciones: La conclusión del procedimiento concursal, ordenando el cierre provisional transcurrido un año, se procederá al cierre definitivo de conformidad con lo previsto en el artículo 485.2 TRLC.- Procedase al archivo de las actuaciones.-