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02.12.2025
modificaciones estatutarias
8ºbis. Otros.- Artículo 8ºbis. Causa de separación por jubilación. Los socios tendrán derecho de separación cuando acrediten su jubilación definitiva en el régimen de la Seguridad Social que les corresponda, siempre que dicha jubilación implique el cese efectivo de su actividad laboral o profesional relacionada con la sociedad. El socio que desee ejercitar e.