Artículo de los Estatutos : "ARTICULO 4º.-CAPITAL SOCIAL. -El capital social se fija en la cantidad de SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS EUROS (78.800,00 ?), dividido en - setecientos ochenta y ocho (788) participaciones sociales de CIEN EUROS (100,00 ?), de valor nominal cada una de ellas, iguales, acumulables e indivisibles, y numeradas correlativamente de la.