Artículo de los Estatutos : ARTICULO 5º. CAPITAL SOCIAL. El capital social, totalmente desembolsado y suscrito, se fija en la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL EUROS (320.000,00 E) representado por TRESCIENTOS VEINTE MIL (320.000) participaciones sociales de UN EURO (1,00 E) cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 320.000, ambas inclusive. Se.