Artículo de los Estatutos : "ARTICULO 6º.- CAPITAL SOCIAL, APORTACIONES, PRESTACIONES ACCESORIAS. -El capital social se fija en UN MILLON DE EUROS (1.000.000,00 ?) dividido en UN MILLON (1.000.000) de participaciones sociales, de UN EURO (1,00 ?) de valor nominal cada una de ellas, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente del número 1 al.