Registro Mercantil de ZARAGOZA
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Artículo 14º. REUNIONES DEL CONSEJO. El Consejo de Administración se reunirá siempre que lo estime oportuno el Presidente, o a petición de, al menos, las dos terceras partes de sus componentes, previa convocatoria del Presidente o Vicepresidente que lo sustituya, con una antelación mínima de diez días hábiles. Los Consejeros serán convocados mediante correo.