Registro Mercantil de HUELVA
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Artículo 13º.- Organo de Administración: La sociedad será regida y administrada por dos Administradores solidarios..Artículo 14º.- La gestión y representación de la sociedad corresponde al Organo de Administración, todas las facultades de gestión y representación se ejercerán por los administradores solidarios nombrados que podrán hacer y llevar a cabo todo. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administrador único a Administradores solidarios.