Artículo de los Estatutos : ARTICULO 7º. a) El capital social, totalmente desembolsado desde su origen, se fija en la cifra de CUARENTA Y OCHO MIL EUROS (48.000,00 E). b) Participaciones: Dicho capital está dividido en cuarenta y ocho mil participaciones sociales de UN EURO (1,00 E) de valor nominal cada una de ellas, indiviisibles, acumulables y numeradas.