Artículo de los Estatutos : "ARTICULO 4.- CAPITAL SOCIAL. El capital social se fija en la cantidad de UN MILLON CUARENTA Y OCHO MIL EUROS (1.048.000,00 ?) dividido en 1.048.000 participaciones iguales, numeradas del 1 al 1.048.000, ambos inclusive, de un valor cada una de ellas de UN EURO (1,00 EUROS), acumulables e indivisibles, que no tendrán el carácter.