Señales de riesgo publicadas en el BORME
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Procedimiento concursal 17/2024. FIRME: SI, Fecha de resolución 02/12/2024. Resoluciones acordando la intervención o suspensión de las factultades de administración y disposición del concursado. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE OVIEDO. Juez: JOSE MARIA RODRIGUEZ BALSERA. Resoluciones: Dejar en suspenso las facultades de Administración y disposición de la concursada "LANGREANA DE KARPAS, SOCIEDAD LIMITADA" sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Capítulo II del Título VIII del Libro I del TRLC.
Procedimiento concursal 17/2024. FIRME: SI, Fecha de resolución 02/12/2024. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE OVIEDO. Juez: JOSE MARIA RODRIGUEZ BALSERA. Resoluciones: Acordar la apertura de la fase de Liquidación, que se tramitará en la sección Quinta del deudor "LANGREANA DE KARPAS, SOCIEDAD LIMITADA".
Procedimiento concursal 17/2024. FIRME: SI, Fecha de resolución 01/04/2025. Cese de las limitaciones de las facultades de administración. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE OVIEDO. Juez: RAFAEL ABRIL MANSO. Resoluciones: Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. Se acuerda el cierre provisional de la hoja de inscripción abierta a la concursada. El deudor quedará responsable del pago d ellos créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecu.
Procedimiento concursal 17/2024. FIRME: SI, Fecha de resolución 01/04/2025. Revocación de administradores concursales. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE OVIEDO. Juez: ALEJANDRO ZARAUZA GONZALEZ. Administrador Concursal. Fecha 01/04/2025, NIF/CIF B52512720. PRENDES & CAICOYA ADMINISTRADORES CONCURSALES SLP.
Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE OVIEDO. Juez: RAFAEL ABRIL MANSO. Resoluciones: Se declara la conclusión del concurso, en el que figuraba como concursada la sociedad de esta hoja, al comprobarse la inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores concursales y acreedores contra la masa, cesando respecto de la m.
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