Artículo de los Estatutos : Artículo 5º.- El capital social se fija en la cantidad de NOVENTA MIL EUROS (90.000,00 ?), desembolsado en su totalidad, y está dividido en NOVENTA (90) PARTICIPACIONES SOCIALES, íntegramente suscritas, acumulables e indivisibles, con un valor nominal de MIL EUROS (1.000,00 ?) cada una, numeradas del 1 al 90, ambos inclusive..