Registro Mercantil de SANTA CRUZ DE TENERIFE
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ARTICULO NUEVE: No podrán ser Administradores quienes se hallen incursos en causa legal de incompatibilidad, en especial de las determinadas por la Ley 5/2006 de 10 de abril de conflictos de intereses de los miembros del gobierno y altos cargos de la administración del estado; ni las personas excluidas por el artículo 213 del texto refundido de sociedades de. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administradores solidarios a Administrador único.
Cambio de identidad del socio único: ARANTZAZU H******** B******