Artículo de los Estatutos : ARTICULO 4º. Capital social y participaciones. El capital social, que está totalmente desembolsado, se fija en TREINTA Y NUEVE MIL EUROS -? 39.000-, y está dividido en TRES MIL NOVECIENTAS participaciones sociales, con un valor nominal de diez euros -? 10-, y numeradas correlativamente del 1 al 3.900..