Artículo de los Estatutos : Artículo 5.- Capital Social El capital social se fija en la cantidad de CUATROCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCOEUROS -403.355,00 ?-, desembolsado en su totalidad, y dividido en 403.355 participaciones sociales, íntegramente suscritas, acumulables e indivisibles, con un valor nominal, cada una de ellas,de 1 EURO -1?-,.