Artículo de los Estatutos : Artículo 8..- CAPITAL. El capital social, enteramente suscrito y desembolsado es de doscientos catorce mil quinientos euros. Se encuentra dividido en doscientas catorce mil quinientas participaciones sociales nominativas, iguales, indivisibles y acumulables de un euro de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al.