"ARTICULO 2º.- La Sociedad tiene por objeto: Actividad Principal.- 77.11 Alquiler de automóviles de motor ligeros. Si alguna de las actividades elegidas fuera de carácter profesional la sociedad la ejercerá como mera intermediadora entre el profesional prestador del servicio y el consumidor"
calculado en vivo · pasa el ratón por un nodo
"ARTICULO 2º.- La Sociedad tiene por objeto: Actividad Principal.- 77.11 Alquiler de automóviles de motor ligeros. Si alguna de las actividades elegidas fuera de carácter profesional la sociedad la ejercerá como mera intermediadora entre el profesional prestador del servicio y el consumidor"
"Artículo 7.º Nombramiento, duración y prohibición de competencia.- Sólo las personas físicas podrán ser nombrados administradores. El desempeño del cargo de administrador será por tiempo indefinido. Respecto de los demás requisitos de nombramiento, incompatibilidades y prohibiciones para ser administrador, se aplicará lo dispuesto en la Ley de sociedades. Otros conceptos: Continuación de la modificación del art. 7º de los estatutos: se aplicará lo dispuesto en la Ley de sociedades de capital. El cargo de Administrador será retribuido y consistirá en una cantidad fija señalada para cada ejercicio por la Junta General, por cada ejercicio económico"