Sin cargos vigentes registrados todavía para esta empresa.
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10.07.2026
modificaciones estatutarias
Artículo 21º.- El cargo de administración será gratuito. No obstante, dicha gratuidad se entiende sin perjuicio de cualquier retribución que, por prestaciones distintas a las propias del Administrador, principalmente de carácter laboral o a favor de la empresa, pueda percibir la persona que ostente dicho cargo. En particular, los administradores podrán perci.