Artículo de los Estatutos : 6. Capital.- "ARTICULO 6º.- El capital social se fija en la suma de ciento ochenta mil euros (180.000,00 ?) dividido y representado por 180.000 participaciones sociales de un euro (1,00 ?)de valor nominal cada una, iguales, acumulables e indivisibles numeradas del 1 al 180.000inclusive. .