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ARTICULO 19º.- La Junta General podrá optar entre los siguientes modos de organizar la Administración de la Sociedad: 1. Un administrador único. 2. Dos administradores solidarios. 3. Dos administradores conjuntos en cuyo caso el poder de representación corresponderá a los dos actuando mancomunadamente. 4. Un Consejo de Administración, con un mínimo de tres. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Consejo de administración a Administrador único.
Hay 2 actos más en el historial de esta empresa.
El expediente de MONTAJES ELECTRICOS Y CONSERVACION SA.: identidad registral, administradores vigentes y su historial, sociedades vinculadas por administrador compartido y cribado contra las listas de la UE, la ONU y OFAC. Con fecha de emisión, huella SHA-256 comprobable y el enlace oficial de cada dato.
El primero es gratis y sin tarjeta. Los siguientes, 29 € por empresa.