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fuente: BORME
Artículo de los Estatutos : 6. CAPITAL.- Artículo 6º.- El capital social se fija en la 75.000,00 EUROS, desembolsado en su totalidad, y dividido en SIETE MIL QUINIENTAS (7.500) participaciones sociales, íntegramente suscritas, indivisibles y acumulables, con un valor nominal cada una de ellas de DIEZ EUROS (10,00 E), numeradas correlativamente del 1 al 7.500. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administrador único a Administradores solidarios.
Capital: 72.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 75.000,00 Euros.