Artículo de los Estatutos : ARTICULO 5º. El capital social se fija en la cantidad de SESENTA Y OCHO MIL EUROS (68.000,00 E) integramente suscrito y desembolsado, dividido en SEISCIENTAS OCHENTA (680) participaciones sociales, iguales, acumulables e indivisibles, con un valor nominal, cada una de ellas, de CIEN EUROS (100,00 E) y numeradas correlativamente,.