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Artículo 6º.- Organización de la Administración social.- La Sociedad será regida y administrada, as la elección de la Junta General de Socios, por: a) Un Administrador Unico; b) Dos como mínimo o cinco como máximo Administradores Solidarios; c) Dos como mínimo o cinco como máximo Administradores Mancomunados; o d) Un Consejo de Administración integrado por uArtículo 6º BIS.- Consejo de Administración.- El Consejo de Administración, en caso de que exista, nombrará de su seno al Presidente y podrá nombrar, si así lo acuerda, a un Vicepresidente. También designará a la persona que ostente el cargo de Secretario y si así lo acuerda a un Vicesecretario. El Secretario podrá ser o no Consejero, en cuyo caso tendrá voz Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administrador único a Consejo de administración.
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El expediente de DORAL NIEBLA SL.: identidad registral, administradores vigentes y su historial, sociedades vinculadas por administrador compartido y cribado contra las listas de la UE, la ONU y OFAC. Con fecha de emisión, huella SHA-256 comprobable y el enlace oficial de cada dato.
El primero es gratis y sin tarjeta. Los siguientes, 29 € por empresa.