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Procedimiento concursal 131/2021. FIRME: NO, Fecha de resolución 27/04/2021. Resoluciones acordando la intervención o suspensión de las factultades de administración y disposición del concursado. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE LLEIDA. Juez: EDUARDO MARIA ENRECH LARREA. Resoluciones: 1. Declarar finalizada la FASE COMUN del concurso núm. 131/21. 2. Consta ya abierta la fase de LIQUIDACION, con Sección 5ª. 3. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados, y la conversión en dinero, de aquellos que consistan en.otra prestación. 4. Se ratifica la DISOLUCION de la sociedad.
Procedimiento concursal 131/2021. FIRME: SI, Fecha de resolución 27/04/2021. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE LLEIDA. Juez: EDUARDO MARIA ENRECH LARREA. Resoluciones: 1. Declarar finalizada la FASE COMUN del concurso núm. 131/21. 2. Consta ya abierta la fase de LIQUIDACION, con Sección 5ª. 3. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados, y la conversión en dinero, de aquellos que consistan en.otra prestación. 4. Se ratifica la DISOLUCION de la sociedad.
Procedimiento concursal 131/2021. FIRME: NO, Fecha de resolución 27/04/2021. Auto de formación de la sección de calificación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE LLEIDA. Juez: EDUARDO MARIA ENRECH LARREA. Resoluciones: "Apruebo el plan de liquidación en los términos en que ha sido presentado por la administración concursal y las operaciones de liquidación de la masa activa deben atenerse al mismo. La administración concursal continuará presentando los informes a que se refiere el artículo 424 LC. Se aplicarán con.
Procedimiento concursal 131/2021. FIRME: SI, Fecha de resolución 27/04/2021. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 1 DE LLEIDA. Juez: EDUARDO MARIA ENRECH LARREA. Resoluciones: "Apruebo el plan de liquidación en los términos en que ha sido presentado por la administración concursal y las operaciones de liquidación de la masa activa deben atenerse al mismo. La administración concursal continuará presentando los informes a que se refiere el artículo 424 LC. Se aplicarán con.
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