Artículo de los Estatutos : Artículo 5º. CAPITAL SOCIAL. La Sociedad tendrá un capital social de 10.000 ?, dividido en 10.000 participaciones de 1 euro de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 10.000 inclusive . Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Administradores solidarios a Administrador único.