Artículo de los estatutos: ARTICULO 5º. CAPITAL SOCIAL. El capital social, que está totalmente desembolsado, se fija en la cantidad de NOVECIENTOS SESENTA MIL EUROS (960.000,00 E) y está dividido en noventa y seis mil (96.000) participaciones sociales con un valor nominal cada una de ellas de DIEZ EUROS (10,00 E) y numeradas correlativamente del uno (1) al.