Registro Mercantil de ZARAGOZA
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Artículo 5..- El capital social es de TRES MIL EUROS dividido en TRES MIL participaciones sociales indivisibles y acumulables, de 1,00 - de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de 1 a 3000, ambos inclusive y divididas en dos clases: La Clase A comprende 1.501 participaciones sociales, de 1,00 - de valor nominal cada una de ellas Artículo 6..- Las participaciones sociales serán desiguales entre sí, lo que se expresa a efectos del artículo 184 del Reglamento del Registro Mercantil en los siguientes términos: Las participaciones comprendidas en la Clase B conferirán a sus titulares, derechos de voto equivalentes en número al 901 del capital social, dividido por el número de Artículo 20..- De los beneficios líquidos, luego de las atenciones, detracciones y reservas legales o acordadas en Junta, el resto se distribuirá entre los socios en proporción al número total de participaciones (tanto A como B) en el capital social. No obstante lo anterior, los titulares de las participaciones de la Clase B tendrán derecho a recibir el 90%.