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fuente: BORME
"ARTICULO 6.- Transmisión de participaciones sociales. = a) Será libre la transmisión voluntaria de participaciones por actos intervivos entre socios, así como las realizadas a favor de ascendiente o descendiente del socio. b) El socio que se proponga transmitir su participación o participaciones por actos inter vivos , a título oneroso o gratuito, a.
Artículo de los estatutos: Artículo 5. Capital social.- El capital social, que está totalmente desembolsado, se fija en la cantidad de SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA EUROS (66.370 E), y está dividido en SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTAS CINCUENTA Y DOS (64.552) participaciones sociales, de las cuales 202 participaciones sociales tiene un valor.
Importe reducción: 2.060,00 Euros. Resultante Suscrito: 66.370,00 Euros.
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