Artículo de los Estatutos : Artículo 6º.-CAPITAL SOCIAL El capital social es de VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS EUROS dividido en veinticuatro mil trescientas cuarenta y dos participaciones sociales, acumulables e indivisibles, de un euro de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente del 1 al 24.342, ambos inclusive, y está.