Artículo de los estatutos: 5. Capital social.-Artículo 5.- Capital y participaciones. El capital social es de CUATROCIENTOS MIL EUROS (400.000,00E), dividido en CUATRO MIL participaciones sociales, de la misma clase y serie, acumulables e indivisibles, DE CIEN EUROS (100,00E) de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la UNO a la.