Registro Mercantil de CEUTA
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fuente: BORME
24. RETRIBUCION DEL CARGO. El cargo de Administrador es retribuido. La retribución del cargo de administrador consistirá en una retribución fija anual. El importe de dicha retribución será aprobado por la Junta General para cada ejercicio. La remuneración guardará en todo caso una proporción razonable con la importancia de la sociedad, su situación económicaArtículo de los Estatutos : 6. Capital CAPITAL SOCIAL Y PARTICIPACIONES. El capital social, que está completamente desembolsado, se fija en CIENTO OCHENTA MIL EUROS (180.000 EUROS) dividido en CIENTO OCHENTA MIL participaciones sociales con un valor nominal cada una de ellas de UN EURO y numeradas correlativamente del 1 al 180000 ambas inclusive. Las.
Capital: 50.000,00 Euros. Resultante Suscrito: 180.000,00 Euros.