Artículo de los estatutos: 5. Capital social.- El capital social se fija en CIENTO TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS (138.956 E) dividido en ciento treinta y ocho mil novecientos cincuenta y seis (138.956) participaciones sociales, con un valor nominal cada una de ellas de UN EURO (1,00 E), acumulables e indivisibles, numeradas.