Artículo de los Estatutos : ARTICULO 5º. CAPITAL SOCIAL. El capital social íntegramente asumido y totalmente desembolsado, se fija UN MILLON CUATROCIENTOS TRES MIL EUROS (1.403.000 ?), dividido en un millón cuatrocientas tres mil (1.403.000) participaciones sociales, de un euro de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 1.403.000, ambos.