Artículo de los Estatutos : "ARTICULO 5º. CAPITAL SOCIAL: El capital de la sociedad se fija en la cantidad de VEINTICUATRO MIL EUROS (24.000 E), desembolsado en su totalidad y dividido en DOS MIL CUATROCIENTAS participaciones sociales, íntegramente asumidas, iguales, acumulables e indivisibles, con un valor nominal cada una de ellas, de DIEZ EUROS (10,00 E).