calculado en vivo · pasa el ratón por un nodo
fuente: BORME
Artículo 18º.- Adopción de acuerdos. 18.1. Los acuerdos se tomarán por mayoría ordinaria de los votos de los socios presentes o representados en la reunión, siempre que representen al menos un tercio (1/3) de los votos correspondientes a las participaciones sociales en que se divide el capital social, salvo en los supuestos en las que se establezca por ley uArtículo 28º.- Aplicación del resultado y política de distribución de dividendos. 28.1 La Junta general resolverá sobre la aplicación del resultado, cumpliendo las disposiciones estatutarias y legales en defensa del capital social y respetando los privilegios de que gocen, en su caso, determinado tipo de participaciones. 28.2 El órgano de administración o la Datos registrales. S 8 , H TF 72305, I/A 2 (25.07.25).
Capital: 3.242.320,00 Euros. Resultante Suscrito: 3.245.320,00 Euros.