Artículo de los estatutos: 5. Capital social.-. Modificados los articulos 5 y 24 de los Estatutos Sociales.. Otros conceptos: Se acuerda dividir las acciones existentes en dos (2) clases de acciones distintas, de forma tal que el capital social de la Sociedad estará representado por acciones de clase A (ordinaria) y acciones de clase B (privilegiada).