Artículo de los Estatutos : 5 CAPITAL SOCIAL.- Artículo 5º.- El capital social se fija en la cantidad de 28.520,80 Representado por 285.208 participaciones sociales, de 0,01 EUROS DE valor nominal cada una, iguales, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente de la 1 a la 285.208, ambas inclusive .