Artículo de los Estatutos : ARTICULO 5º.- El capital social es de VEINTIUN MIL EUROS (21.000,00 ?), y está dividido en 21.000 participaciones sociales, por valor nominal, cada una de ellas de UN EURO (1 ?), numeradas correlativamente desde el 1 al 21.000, ambos inclusive. Las participaciones son indivisibles y acumulables, y no tendrán el carácter de valores.