Artículo de los estatutos: ARTICULO 5º.- CAPITAL SOCIAL.- El capital social se fija en la cantidad de CUATRO MIL SEISICENTOS CINCUENTA EUROS (4.650,00 e) dividido en CIENTO CINCUENTA participaciones sociales de valor TREINTA Y UN EUROS (31,00 E) desembolsado en su totalidad, mediante su aportación dineraria, numeradas de la 1 a la 150, ambas inclusive. No.