Artículo de los Estatutos : Artículo 5º.- El Capital Social se fija en la cantidad de DIECISEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS. Está representado por 16.362 participaciones sociales, de valor nominal unitario UN EURO, numeradas correlativamente del 1 al 16.362, ambos inclusive, totalmente asumidas y desembolsadas.