Registro Mercantil de ALMERÍA
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fuente: BORME
Artículo de los estatutos: 5. Capital social.- El capital social se fija en la cantidad de trece mil cuatrocientos euros (13.400 E), desembolsado en su totalidad, y dividido en trece mil cuatrocientas participaciones sociales, íntegramente asumidas, iguales, acumulables e indivisibles, con un valor nominal cada una de ellas de UN EURO (1,00 E) y señaladas Artículo de los estatutos: 5. Capital social.- El capital social se fija en la cantidad de VEINTE MIL EUROS (20.000 E), desembolsado en su totalidad y dividido en veinte mil participaciones sociales, íntegramente asumidas, iguales, acumulables e indivisibles, con un valor nominal cada una de ellas de un euro (1,00 E) y señaladas con los números 1 al 20.000 Artículo 9º. Administración: III. Retribución: El cargo de miembro del órgano de administración será retribuido con la cantidad que en concepto de sueldo, se fije para cada ejercicio por acuerdo de la Junta General. El importe máximo de la remuneración anual del conjunto de administradores en su condición de tales deberá ser aprobado por la Junta General y.
Capital: 6.600,00 Euros. Resultante Suscrito: 20.000,00 Euros.
Importe reducción: 6.600,00 Euros. Resultante Suscrito: 13.400,00 Euros.