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fuente: BORME
Artículo de los estatutos: 5. El capital social se fija en NUEVE MIL NOVECIENTOS EUROS (9.900,00 E) dividido en NUEVE MIL NOVECIENTAS PARTICIPACIONES SOCIALES, (9.900), con un valor de UN EURO (1,00 E), cada una, acumulables e indivisibles, numeradas correlativamente del 1 al 9.900, ambos inclusive y está totalmente suscrito y desembolsado. Las 13. A) del cargo de Administrador. Para ser nombrado Administrador no se requerirá la cualidad de socio. B) de la remuneración el cargo.- El cargo de administrador/es retribuido. La remuneración de los administradores será fijada para cada ejercicio por acuerdo de la Junta General de conformidad y con los límites establecidos en el artículo 217 de TRLSC. En.
Importe reducción: 100,00 Euros. Resultante Suscrito: 9.900,00 Euros.