Artículo de los Estatutos : ARTICULO 1º.- Con la denominación de "PEREIRO PARRADO, S.L." queda constituida una sociedad de responsabilidad limitada y nacionalidad española que se regirá por los presentes Estatutos y en lo no previsto en ellos, por las normas legales aplicables, en especial el Real Decreto Legislativo de 2 de julio de 2010 de Sociedades de.